jueves, 27 de octubre de 2011

Pago de impuestos por excedente

¿Que mercancias puedeo traer a México sin pago de impuestos?



  • Las mercancías que están incluidas en tu equipaje personal.
  • Las que están dentro de la franquicia a la que tienes derecho.

¿Que es la franquicia y cual es el monto a la que tengo derecho?


Es el beneficio que tienes para NO pagar impuestos por las mercancías que introduces al país.


  1. MONTOS AUTORIZADOS
    1. Cuando ingreses al país por carretera, del 11 de abril al 10 de mayo y del 1 de julio al 31 de agosto de 2011, podrás importar mercancías con valor hasta de 300 dólares de Estados Unidos o su equivalente en moneda nacional.
    2. Durante todo el año, cuando ingreses al país por vía aérea o marítima podrás importar mercancías con valor hasta de 300 dólares de Estados Unidos o su equivalente en moneda nacional.
  2. OTROS
    Recuerda que debes acreditar el valor de las mercancías que forman parte de tu franquicia, con la factura, el comprobante de venta o cualquier otro documento que exprese el valor comercial de las mismas.


    Las franquicias de los integrantes de tu familia, pueden acumularse, si todos viajan en el mismo medio de transporte.


    La franquicia no incluye la introducción de bebidas alcohólicas y tabacos labrados, ni combustible automotriz (salvo el que se contenga en el tanque de combustible del vehículo que cumpla con las especificaciones del fabricante), en forma adicional a las bebidas alcohólicas y puros que puedes ingresar en tu equipaje personal.
  3. PAGO DE IMPUESTOS

    Si tus mercancías, sin incluir la franquicia, tienen un valor que no supera los tres mil dólares americanos (o cuatro mil dólares americanos tratándose de equipo de cómputo), debes pagar el 16% de su valor total. Para ello, deberás llenar el formato "Pago de Contribuciones al Comercio Exterior", para lo cual te recomendamos acercarte al personal de la Aduana quien podrá orientarte en el llenado de dicho formato.

¿Que mercancias forman parte de equipaje personal?


  • Bienes de uso personal, tales como ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje, incluyendo un ajuar de novia. Tratándose de bebes, se incluyen los artículos para su traslado, aseo y entretenimiento, tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios.
  • Dos cámaras fotográficas o de video grabación incluyendo 12 rollos de película o videocasetes, material fotográfico, tres equipos portátiles de telefonía celular o de otras redes inalámbricas. Un equipo de posicionamiento global (GPS), una máquina de escribir portátil, una agenda electrónica, un equipo de computo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares, una copiadora o impresora portátiles, un quemador y un proyector portátil, con sus accesorios.
  • Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pesca, tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero. Una caminadora fija y una bicicleta fija.
  • Un aparato portátil para grabar o reproducir sonido o mixto; o un reproductor de sonido digital o reproductor portátil de discos compactos y un reproductor portátil de DVD´s, así como un juego de bocinas portátiles y sus accesorios.
  • Cinco discos láser, diez discos DVD y 30 discos compactos (CD) o cintas magnéticas (audiocasettes), para la reproducción del sonido, tres paquetes de software y cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico.
  • Libros, revistas y documentos impresos.
  • Cinco juguetes, incluyendo los de colección, y una consola de videojuegos, así como cinco videojuegos.
  • Un aparato para medir presión arterial y uno para medir glucosa o mixto y sus reactivos, así como medicamentos de uso personal. Tratándose de sustancias psicotrópicas deberá mostrarse la teceta médica correspondiente.
  • Velices, petacas, baúles y maletas o cualquier otro artículo necesario para el traslado del equipaje.
  • Tratándose de pasajeros mayores de 18 años, un máximo de 20 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco hasta 3 litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino.
  • Un binocular y un telescopio.
  • Dos instrumentos musicales y sus accesorios
  • Una tienda de campaña y artículos para campamento.
  • Para los adultos mayores y las personas con discapacidad los artículos que por sus características suplan o disminuyan sus limitaciones tales como andaderas, sillas de ruedas, muletas, bastones, entre otros.
  • Un juego de herramientas de mano incluyendo su estuche que podrá comprender un taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros.


    Informacion tomada del programa paisano publicado por el gobierno de México


    No nos hacemos reponsables por los errores ortograficos o de sintaxis publicados en este o en las paginas correspondientes, solo lo publicado en el Diario Oficial de la Federacion se considera como información valida.

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